Para la solicitud de una comisión de estudios doctorales, se debe tener en cuenta lo siguiente:
Solicitar previamente ante la Dirección de Personal al correo electrónico personaldoc_man@unal.edu.co, el certificado de cumplimiento de requisitos administrativos para su verificación.
El docente interesado deberá radicar la solicitud de otorgamiento de Comisión de Estudios Doctoral a través del director de Departamento, quien gestionará la misma ante el Consejo de la Facultad para su aprobación, e indicar en ella principalmente:
- Nombre completo del programa curricular.
- Modalidad: tiempo total o parcial y remuneración total, parcial o ad honorem.
- Duración de los estudios.
- Nombre de la institución y lugar donde realizará los estudios
- Carta oficial de aceptación al programa curricular
Si los estudios serán desarrollados en una institución extranjera, el docente debe tener en cuenta que una vez reintegrado de la Comisión, deberá presentar el título legalmente válido en Colombia, es decir, convalidado por parte del Ministerio de Educación Nacional.
CONTRATO DE COMISIÓN DE ESTUDIOS Y GARANTÍA
Una vez otorgada la Comisión de Estudios Doctoral, cuando esta sea remunerada, se deberá garantizar su cumplimiento mediante la firma de un contrato y la constitución de un pagaré que asegure el 50% de los salarios, prestaciones y otros emolumentos y asignaciones que reciba durante el tiempo de la comisión, por parte del docente comisionado y un codeudor solvente. También podrá garantizarse mediante la consecución de una póliza de cumplimiento que asegure los mismos montos.
Para este efecto, la Dirección de Personal remitirá a la Oficina Jurídica de la Sede, copia del acto administrativo que otorga la comisión junto con la liquidación de salarios, prestaciones sociales y demás valores percibidos por el profesor, para la elaboración del contrato de comisión de estudios.
La Oficina Jurídica verificará los requisitos exigidos, elaborará el contrato de comisión de estudios y le convocará para que suscriba el contrato y cumpla con los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución. Surtido este trámite se remitirá el contrato a la Vicerrectoría de la Sede para la firma, aprobación de las pólizas y demás documentos para el efecto.
Sin el cumplimiento de estos requisitos, el profesor no podrá iniciar su comisión de estudios.
La Oficina Jurídica competente comunicará al Decano de la Facultad, con copia a la Dirección de Personal de la Sede, sobre el cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato de comisión de estudios con el fin de que ejerza la supervisión del mismo.
DURACIÓN DE LA COMISIÓN
La Comisión de Estudios Doctoral se podrá conceder por primera vez hasta por un (1) año y renovar anualmente. El tiempo máximo de la comisión será de cuatro (4) años.
PRÓRROGA
Radicar la solicitud a través del director de UAB para aprobación del Consejo de la Facultad, por lo menos con dos (2) meses de anticipación al vencimiento de la Comisión de Estudios inicial o de la prórroga, anexando:
- Informe detallado de las actividades.
- Resultados académicos satisfactorios (certificado de notas).
- Recomendación motivada del director de tesis o del programa doctoral.
Tenga en cuenta que una vez aprobada la prórroga y antes de su inicio, a través de la Oficina Jurídica de la Sede deberá gestionarse la modificación del contrato y su respectiva garantía.
PRÓRROGA EXCEPCIONAL CONSEJO DE SEDE
En caso de requerir una prórroga adicional, radicar la solicitud ante el Consejo de Sede, cuerpo colegiado que de manera excepcional y justificada, podrá conceder hasta un (1) año adicional de Comisión de Estudios Doctoral. Se recomienda enviar copia de la solicitud al Consejo de la facultad para su conocimiento.
PLAZO ADICIONAL DE DOS (2) AÑOS
Si mediando situaciones de fuerza mayor no pudiera cumplir con el compromiso de entregar al momento del reintegro de la Comisión su título formal legalmente válido en Colombia, podrá solicitar ante el Consejo de la Facultad, un plazo adicional improrrogable de dos (2) años para su entrega.